Real Sociedad Canina España FCI

Sociedade Canina GalegaTRÁMITES E IMPRESOS

Los trámites se realizan a través de nuestra oficina con cita previa o enviando la documentación por correo certificado con el comprobante de pago a la siguiente dirección:

  • Sociedade Canina Galega

  • Apartado de correos 3105

  • 36205 – Vigo

  • Pontevedra

// Abono de tramitaciones. Tarifas actualizadas.

// Notificación e Inscripción de Camadas

Para notificar una camada necesita enviar los datos de la camada. Tales como los datos de los propietarios de los progenitores, los datos de la madre y del padre, las fechas de monta y nacimiento, el número y nombre de los cachorros nacidos, así como su sexo, variedad y color. En un un plazo no superior a 30 días desde el nacimiento de los cachorros. La camada solo la puede notificar el criador, que es el propietario de la hembra en la fecha del nacimiento de la camada. Para poder firmar las camadas como propietarios de los progenitores deben constar como propietarios en el pedigree en la echa del nacimiento de la camada. Para realizar la inscripción tiene 6 meses desde el nacimiento para que la documentación este en la canina y se pueda tramitar correctamente. La edad de la hembra para poder ser cubierta es desde los 15 meses hasta los 10 años en el momento de la monta. Para los machos Desde los12 meses hasta los 12 años. Si tiene más de 12 años, se deben aportar pruebas de paternidad del padre y los cachorros de la camada.


Desde el 1 de enero de 2025 el ADN es obligatorio para inscribir los cachorros en el LOE/RRC y desde el 15 de septiembre de 2025 también podrás inscribir los cachorros sin presentar el AND de los padres en el LBO/RBR.


Recordar que entre partos deben transcurrir más de 6 meses y que el número máximo de camadas es de cinco por parto natural o dos si es por cesáreas. Y esta prohibidos los cruces entre ejemplares con un
alto grado de consanguineidad, es decir, Madres con hijos y padres con hijas, o entre hermanos de los mismos padres.

No se pueden poner nombres a los cachorros que produzcan rechazo ni que recuerden a otros afijos.


Para la inscripción debe enviar el formulario cubierto por el veterinario conforme todos los cachorros tienen microchip con el justificante de pago correspondiente. Y recuerde que si los quiere inscribir en el LOE/RRC debe estar tramitado el ADN de los progenitores antes de enviar la inscripción de la camada.


A continuación, les dejamos un documento que pueden utilizar a modo de plantilla para notificar una camada. Puede solicitar más información en administracion@caninagalega.com



Y también le dejamos un enlace a la web de la RSCE donde encontrará la información para poder realizar el ADN con la RSCE: Información ADN con la RSCE https://www.rsce.es/adn-identificacion-genetica-2/


// Procedimiento para tramitar un pedigree

El pedigree es el árbol genealógico oficial de un perro de raza. En él aparecen los antecesores del perro, sus registros en libros de orígenes oficiales y los títulos obtenidos.


Libros oficiales de la RSCE:

LOE (Libro de Orígenes Español): 3 o 4 Generaciones con genealogía completa y ADN (PREMIUM O PLUS)

RRC (Registro de Razas Caninas): Sin genealogía completa y con ADN (PREMIUM O PLUS)

LBO (Libro Blanco de Orígenes): 3 Generaciones completas sin ADN (ACCESS)

RBR (Registro Blanco de Razas): Sin genealogía completa y sin ADN (ACCESS)


Para tramitar el pedigree de un perro se solicita con el Justificante de Inscripción en el LOE/RRC o LBO/RBR, que deberá facilitarle el criador, si así lo habéis acordado. Ten en cuenta que el certificado de microchip no es válido para realizar este tr&aa;mite.


Cumplimenta este justificante con tus datos como nuevo propietario y tenéis que firmarlo tanto tú, como el cedente y enviar el documento firmado en original por ambos por carta certificada con el consentimiento y el justificante de pago correspondiente. Al realizar ese trámite, el perro figurará a su nombre en la base de datos del LOE/RRC o LBO/RBR. Podrás participar en las exposiciones o concursos que organice o autorice la RSCE y, si crías con él, los cachorros se podrán inscribir también. Puede solicitar más información en administracion@caninagalega.com


// Procedimiento para tramitar un importado

Para solicitar la inscripción en los Libros de Orígenes de la Real Sociedad Canina de España de un perro importado, es necesario tener el pedigree de exportación original, emitido por una sociedad canina extranjera reconocida oficialmente, a nombre del propietario residente en España. El propietario habrá de cumplimentar el impreso de solicitud para la inscripción de perros importados y pagar el importe que corresponda a esta tramitación, según la tarifa de precios vigente en cada momento.


Es importante tener en cuenta que el ejemplar se inscribirá en el LOE/RRC solamente si en el pedigree original consta que tiene ADN o si se aporta el informe de resultados correspondiente. En caso contrario, el ejemplar se inscribirá en el LBO/RBR. 


Una vez realizado el trámite, la RSCE devolverá el Export Pedigree original, con la indicación de la inscripción en el LOE/RRC o LBO/RBR y un Justificante de Inscripción en el libro genealógico que corresponda, que deberá utilizar si transfiere la propiedad del perro.


Encontrará en el impreso la documentación que debe aportar junto con el justificante de pago.


Puede solicitar más información en administracion@caninagalega.com


A continuación, le dejamos un enlace para descargar el impreso: Impreso perros importados https://www.rsce.es/wp-content/uploads/2025/12/Solicitud_Inscripcion_Importados-.pdf 


Y también le dejamos un enlace a al web de la RSCE donde encontrará la información para poder realizar el ADN con la RSCE: Información ADN con la RSCE https://www.rsce.es/adn-identificacion-genetica-2/ 


// Procedimiento para solicitar la inscripción en el LOE/RRC de perros inscritos en otros libros genealógicos de una asociación legalmente reconocida conforme al R.D. 558/2001 de 25 de mayo.

El solicitante cumplimentará debidamente el impreso destinado a tal fin. En el citado documento, deberán constar:


  • Los datos del perro, incluyendo el código de identificación canina (microchip), que conste en la cartilla veterinaria actualizada o pasaporte canino, debidamente firmada por un veterinario colegiado, que coincidirá con el implantado en el ejemplar.

  • Los datos completos del propietario que solicita el registro en el LOE o RRC, acreditando su personalidad mediante copia del DNI, que deberá coincidir con el propietario que consta en el pedigree.

Para la inscripción será imprescindible presentar:

  • Pedigree original emitido por una organización o asociación española reconocida oficialmente para la llevanza de libros genealógicos.

  • Documentación original que acredite la baja en el libro genealógico de la sociedad canina nacional, legalmente reconocida, que haya expedido el pedigree.

  • Aportar informe de ADN de los padres o del ejemplar en cuestión.

  • En caso de que el ejemplar sea padre o madre de una camada, es necesario presentar el informe de ADN y abonar la anotación.

Para la realización de esta tramitación, las fotocopias carecen de validez.


Con la entrega de toda la documentación solicitada y el abono de la tarifa pertinente, la RSCE emitirá un Justificante para la Inscripción en el libro de orígenes LOE/RRC, a la vista de los datos aportados, emitiéndose posteriormente el correspondiente pedigree.


En caso de que una comprobación posterior de los datos aportados mostrara falta de veracidad en los mismos, se procederá a dar de baja al ejemplar en el registro del libro de orígenes LOE/RRC. Esta situación no conlleva la devolución del importe pagado.


A continuación, le dejamos un enlace para descargar el impreso: Impreso perros inscritos en otros libros https://www.rsce.es/wp-content/uploads/2025/12/Solicitud_Inscripcion_Otros_Libros.pdf


Y también le dejamos un enlace a al web de la RSCE donde encontrará la información para poder realizar el ADN con la RSCE: Información ADN con la RSCE https://www.rsce.es/adn-identificacion-genetica-2/ 


// Procedimiento para solicitar un Afijo

Un afijo es el nombre que distingue los ejemplares de un determinado criador, asociado a una o varias razas, situado delante o detrás del nombre de los ejemplares.


Desde la Real Sociedad Canina de España se cursa la solicitud a la Fédération Cynologique Internationale (FCI), con sede en Bélgica, donde se autorizan o deniegan los afijos.


Es necesario cumplimentar el formulario, indicando hasta tres opciones, por orden de preferencia, así como los datos de la/s persona/s que lo solicita/n y especificando si se quiere como prefijo o como sufijo.


Datos de interés sobre los afijos:


  • El afijo es propiedad exclusiva de la persona o colectividad que ha adquirido el derecho y es vitalicio.

  • No pueden ser modificados, cambiados, cedidos o transmitidos. Caducan por fallecimiento de sus propietarios o por disolución o modificación de las colectividades para las que fueron concedidos. Los afijos caducados y los cancelados, no podrán ser rehabilitados ni concedidos nuevamente.

  • La Comisión del Libro de Orígenes Español (LOE) podrá autorizar, con carácter excepcional, la transmisión hereditaria de un afijo, una vez cubiertos los preceptivos trámites legales. 

  • Las sociedades mercantiles o las asociaciones podrán ser autorizadas para usar afijos colectivos, debiendo designar un representante legal de la misma a todos los efectos de la crianza.

  • El propietario de un afijo puede aplicarlo a todos los ejemplares de cualquier raza de la que es criador.

  • No puede aplicarse a un ejemplar un afijo diferente al de su criador.

  • Nadie podrá ser titular de más de un afijo por raza.

  • Todos los titulares del afijo deben ser propietarios de la hembra, madre de la camada, para poder utilizarlo.

A continuación, le dejamos un enlace para descargar el impreso: Solicitud de Afijo https://www.rsce.es/wp-content/uploads/2025/12/Impreso_Afijo.pdf


// Procedimiento para tramitar una cesión temporal de la hembra

El propietario de una hembra, que figure como tal en el LOE, puede ceder a un tercero los derechos sobre una camada; quien a partir de entonces será considerado como criador de la misma y podrá inscribir a su nombre los cachorros que nazcan.


Esta cesión temporal de la hembra deberá ser documentada debidamente, haciendo constar las condiciones de la misma, mediante escritura pública o documento privado con las firmas legitimadas de los contratantes, y presentada en la RSCE para su anotación.


Este tramite se debe presentar en los 30 días siguientes a la monta


A continuación, le dejamos un enlace para descargar el impreso: Cesión temporal de la Hembra https://www.rsce.es/wp-content/uploads/2024/05/contrato-CT-hembra.pdf


// Contacto

C/ Coutadas Nº 35 (Teis) 36207 - Vigo (Pontevedra)
Teléfonos: 986 377 305
E-mail: pulse aquí
Atención telefónica: Martes, Miércoles y Jueves 10:00 a 14:00.
Horario presencial: Martes, Miércoles y Jueves de 8:00 a 15:00
Mediante cita previa, solicitada previamente por teléfono o vía email. La documentación se traerá cubierta y será obligatorio el uso de mascarilla

// Sistema de avisos

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